19 julio 2026

Cristina Kirchner seguirá con tobillera y visitas limitadas

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el planteo de la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y confirmó que deberá continuar cumpliendo su condena bajo el régimen actual de prisión domiciliaria, con monitoreo electrónico y restricciones en el régimen de visitas.

 

La decisión fue adoptada por la Sala IV del tribunal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, quien votó en disidencia. De esta manera, se confirmó lo dispuesto por el tribunal oral que la condenó a seis años de prisión.

La defensa había solicitado que se retirara la tobillera electrónica, se ampliara el horario de uso de la terraza del domicilio ubicado en San José 1111 y se flexibilizara el esquema de visitas. Sin embargo, la mayoría del tribunal consideró que las medidas impuestas se encuentran dentro de las facultades de control previstas por la ley y no constituyen un agravamiento ilegítimo de la pena.

En consecuencia, continuará vigente el régimen que exige autorización judicial previa, individual y fundada para el ingreso de personas que no integren el núcleo familiar inmediato o el equipo profesional indispensable. Además, se mantiene el límite de hasta tres personas por encuentro, con un máximo de dos reuniones semanales de hasta dos horas cada una.

Uno de los antecedentes considerados por el tribunal fue una reunión realizada el 17 de noviembre de 2025, cuando la exmandataria recibió en su domicilio a nueve economistas y difundió la imagen del encuentro en la red social X. Si bien los ingresos habían sido autorizados en forma individual, los jueces entendieron que no se informó que se trataba de una reunión colectiva y simultánea, lo que motivó un refuerzo en las condiciones de control.

En cuanto al uso de la tobillera electrónica, la Cámara sostuvo que su implementación constituye la regla en los casos de prisión domiciliaria, tras la reforma introducida por la ley 27.375. Según el fallo, la inexistencia de incidentes no vuelve innecesario el monitoreo, sino que confirma su carácter preventivo.

El tribunal también aclaró que la custodia policial permanente con la que cuenta la ex presidenta por su condición institucional no reemplaza el control judicial que ejerce el sistema de monitoreo electrónico, ya que ambos mecanismos responden a finalidades distintas.