18 julio 2026

Un juez obliga al Gobierno a aplicar la emergencia en discapacidad

Un fallo de la Justicia Federal de Campana restableció la vigencia de la Ley de Emergencia en Discapacidad, que había sido suspendida por el Gobierno nacional. La decisión ordena su aplicación inmediata y rechaza los argumentos fiscales utilizados para frenar la norma aprobada por el Congreso.

 

El juez federal de Campana, Adrián González Charbay, ordenó al Gobierno nacional aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad y dejó sin efecto el decreto mediante el cual el presidente Javier Milei había suspendido su implementación. La medida implica que el Estado deberá retomar los pagos a prestadores y a participantes de talleres protegidos.

El fallo se dictó al hacer lugar a un amparo colectivo presentado por organizaciones vinculadas a la asistencia de personas con discapacidad, con el acompañamiento de familias afectadas. En su resolución, el magistrado suspendió la vigencia del artículo II del Decreto 681/2025, que había dejado en suspenso la ley con el argumento de que no se habían definido las fuentes de financiamiento.

La norma, aprobada por el Congreso en julio del año pasado y promulgada por el Poder Ejecutivo, declara la emergencia en materia de discapacidad hasta fines de 2027. Sin embargo, el Gobierno había frenado su aplicación al sostener que el Parlamento no había especificado de dónde saldrían los recursos necesarios para su cumplimiento.

Según la Oficina de Presupuesto del Congreso, la aplicación de la ley tendría un impacto fiscal anual estimado de entre el 0,22 y el 0,42 por ciento del Producto Bruto Interno.

El amparo que dio origen al fallo fue presentado por dos familias en representación de sus hijos, ambos con Certificado Único de Discapacidad, y contó con el respaldo de asociaciones civiles y entidades del sector de todo el país. El planteo central fue que la suspensión de la ley dejaba en situación de indefensión a miles de personas que dependen de tratamientos, servicios y apoyos que ya venían siendo afectados por la crisis económica y el desfinanciamiento.

Desde el Gobierno, el Ministerio de Salud defendió el decreto aludiendo a razones fiscales y advirtió que aplicar la ley sin fondos específicos pondría en riesgo otras áreas del Estado. También sostuvo que la responsabilidad de reasignar partidas correspondía al Congreso y no al Poder Ejecutivo.

Estos argumentos fueron rechazados por el juez González Charbay, quien señaló que, tras el rechazo del veto presidencial, la Constitución obliga al Ejecutivo a promulgar y ejecutar la ley sin condicionamientos. En ese sentido, afirmó que el decreto que suspendió su aplicación subordinó una norma del Congreso a una disposición de menor jerarquía, lo que constituye una intromisión en las competencias del Poder Legislativo.