18 julio 2026

Confirman baja de cuota alimentaria tras la mudanza de una hija con su padre

La Suprema Corte de Justicia bonaerense ratificó una reducción en la cuota alimentaria que un magistrado debe abonar a sus hijos, al considerar que el cambio de residencia de la hija mayor —que decidió mudarse con él— genera una compensación económica a través de mayores gastos de cuidado, atención y salud.

 

El máximo tribunal provincial rechazó el recurso extraordinario presentado por la madre y confirmó la sentencia de Cámara que había establecido la cuota en el 28% de los ingresos netos del progenitor, por debajo del 35% fijado en primera instancia.

La modificación se fundamentó en un hecho ocurrido después del fallo original: la hija mayor, quien padece diabetes tipo I, comenzó a convivir con su padre. Según evaluó la Justicia, este cambio implica que el progenitor asume un incremento directo en los deberes de asistencia, cuidado cotidiano y gastos de salud.

El tribunal sostuvo que la disminución del aporte en dinero tiene correlato en la mayor dedicación y en las erogaciones en especie que afronta el padre, especialmente vinculadas a la atención de la enfermedad de la adolescente. Entre ellas se destacan la cobertura de obra social para todos los hijos y los costos específicos del tratamiento.

La resolución reafirma que la responsabilidad parental no se limita a la contribución económica, sino que también se cumple mediante el cuidado personal y las prestaciones no monetarias, que poseen un valor económico y deben ser contempladas al fijar la cuota alimentaria.