La Justicia porteña revisará la condena de dos años y seis meses de prisión en suspenso dictada contra un hombre que ocultó su patrimonio con el fin de reducir la cuota alimentaria de su hijo.

El caso llegó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que aceptó el recurso de la Fiscalía PCyF 28 y de la Fiscalía de Cámara Especializada. Los fiscales sostuvieron que la maniobra debía considerarse en el marco de la violencia de género, al constituir una forma de violencia económica contra la madre del niño.
Durante el juicio oral quedó acreditado que el imputado, desde 2014, transfirió bienes a terceros para evitar cumplir con sus obligaciones. En primera instancia, la jueza Cristina Lara (Juzgado PCyF 21) lo condenó al considerar que sus acciones configuraban violencia económica.
Sin embargo, la Sala II de la Cámara de Apelaciones había anulado la condena y lo absolvió, argumentando que no se habían probado daños psicológicos ni patrimoniales directos sobre la víctima.
Frente a esa decisión, la Fiscalía de Cámara presentó un recurso de queja, calificando la resolución como “arbitraria”. Ahora, la Cámara deberá volver a analizar el caso y definir si corresponde mantener la condena en suspenso por evasión de cuota alimentaria mediante ocultamiento de bienes.



