El Gobierno nacional dispuso la liberación del mercado de vapeadores y productos de nicotina de nueva generación, al tiempo que creó un sistema obligatorio de registro para su control. La medida fue oficializada este lunes mediante la Resolución 549/2026 del Ministerio de Salud, publicada en el Boletín Oficial.

Según se informó, el nuevo esquema reemplaza la prohibición vigente por un modelo de regulación que incluye control, fiscalización y estándares mínimos de calidad y seguridad sanitaria. Desde el Ejecutivo argumentaron que la restricción previa no logró frenar el acceso ni el consumo, que alcanzó una prevalencia del 35,5% entre adolescentes en el último año.
La normativa establece que cigarrillos electrónicos, vapeadores, dispositivos de tabaco calentado, líquidos para vaporización y bolsas de nicotina serán considerados productos elaborados con tabaco, por lo que deberán cumplir con la Ley 26.687. Entre otras exigencias, deberán incorporar advertencias sanitarias, evitar diseños atractivos para menores y limitar los sabores autorizados exclusivamente a tabaco y mentol. Además, se prohíben los dispositivos descartables precargados, señalados como especialmente atractivos para el público joven.
En este marco, se creó el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina, donde deberán inscribirse fabricantes e importadores. El sistema exigirá la presentación de información técnica, toxicológica y comercial, con una vigencia de cinco años renovable. Desde el Gobierno destacaron que la medida apunta a reforzar la fiscalización, reducir riesgos sanitarios, prevenir el acceso de menores y combatir la comercialización ilegal.



