El Gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó la Ley N° 15.610, sancionada por la Legislatura en diciembre, que introduce cambios sustanciales en el régimen de adopción vigente.

La nueva normativa modifica la Ley 14.528 y tiene como objetivo principal agilizar los trámites, unificar plazos con la legislación nacional y reforzar el principio del Interés Superior del Niño.
Con su publicación en el Boletín Oficial, la ley reduce de manera significativa los tiempos judiciales. Uno de los cambios centrales es la disminución del plazo máximo para que el juez resuelva la situación de adoptabilidad de un niño, niña o adolescente, que pasa de 180 a 90 días. De esta manera, se busca evitar demoras prolongadas que afectan directamente los derechos de los menores involucrados.
La reforma también reafirma y fortalece el principio del Interés Superior del Niño como eje rector de todo el proceso. En ese sentido, garantiza la participación activa de niños, niñas y adolescentes en los procedimientos de declaración de adoptabilidad y adopción, reconociéndolos como sujetos de derecho y no solo como objeto de protección.
Otro aspecto relevante es la unificación de los plazos con la normativa nacional y la agilización de los dictámenes judiciales y administrativos. La ley establece que el organismo administrativo deberá informar al juez interviniente sobre la situación de adoptabilidad en un plazo de 24 horas cuando no se haya logrado identificar a los padres ni a familiares o referentes afectivos. En ese mismo lapso, deberá presentar un informe completo con los antecedentes, la documentación del caso y el dictamen correspondiente.
La normativa garantiza además el patrocinio jurídico gratuito durante todo el proceso, con la asistencia de letrados especializados en niñez y adolescencia, y deja de lado la intervención de la Defensoría Oficial en estos trámites. A su vez, incorpora licencias especiales tanto en el sector público como en el ámbito de los convenios colectivos de trabajo, destinadas a guardas preadoptivas, adopciones y gestiones administrativas vinculadas.
Finalmente, la ley contempla la posibilidad de aplicar medidas alternativas a la tradicional “medida de abrigo” en situaciones de alta vulnerabilidad, cuando no se reúnan las condiciones para declarar la adoptabilidad. Con estos cambios, la Provincia apunta a un sistema más ágil, garantista y centrado en los derechos de niños, niñas y adolescentes.



