La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, a través del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 6, dictó una medida precautelar que obliga al Gobierno porteño a ofrecer un sistema alternativo de registro de asistencia para un empleado que se negó a entregar sus datos biométricos faciales.

La resolución, firmada por la jueza Patricia López Vergara, suspende la obligatoriedad del nuevo sistema en el Palacio Lezama hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
La medida se originó a partir de una acción de amparo presentada por el abogado Jonatan Baldiviezo, del Observatorio del Derecho a la Ciudad, que solicitó declarar “la ilegalidad e inconstitucionalidad” de la recolección de datos biométricos para controlar la asistencia laboral. Según la demanda, el Gobierno porteño reemplazó el registro por huella digital con un sistema de reconocimiento facial sin alternativas eficaces, vulnerando la Ley de Protección de Datos Personales, el consentimiento libre del trabajador y los principios de transparencia y minimización de datos.
El conflicto comenzó el 16 de septiembre, cuando la Dirección General de Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda informó al personal que debía revalidar sus datos biométricos. El trabajador afectado denunció que, al quedar deshabilitado el sistema de huella digital, se le registró una ausencia pese a haber concurrido a su puesto, quedando como único método habilitado el reconocimiento facial.
La jueza López Vergara ordenó que el Gobierno porteño restablezca el registro de asistencia mediante huella digital y permita el ingreso con número de DNI mientras se resuelve el amparo. Además, intimó a la administración a informar en diez días sobre la normativa que autorizó el sistema, la existencia de estudios de impacto, el registro de la base de datos y los sistemas alternativos para quienes no den su consentimiento. El incumplimiento implicará multas diarias de $10.000 al director del área. Baldiviezo consideró que la resolución constituye “un precedente fundamental para la protección de los datos personales y la dignidad de los trabajadores”.



