2 mayo 2024

Justicia condena a 10 marcas por abusos en planes de ahorro: ¿cómo siguen?

El fallo incumbe a 1200 ahorristas que entablaron demanda colectiva en La Pampa, por aumentos siderales, por encima de la inflación. En algunos casos, hubo reajustes de hasta 400 por ciento. La acción judicial puede replicarse en otras provincias.

Cómo pasó con las prepagas, pero por ahora sin sanción, la Justicia sancionó a diez marcas de autos por aumentar de manera exponencial las cuotas de los planes de ahorro.

Esto sucedió en la provincia de La Pampa, según trascendió en las últimas horas, generando un revuelo grande porque lo mismo sucedió en otras lugares a lo largo del país, y ahora se estima que puede haber un efecto cascada en juzgados civiles de otras provincias.

Aumentos indiscriminados

La Justicia pampeana comprobó que se habían aumentado los montos hasta 400% por encima del índice de inflación.

El fallo favorece a los 1.200 ahorristas que presentaron una demanda colectiva ante el juzgado Civil de Adriana Pascual, según informa el sitio motor1.com

Las marcas de autos afectadas por el fallo son las siguientes: Chevrolet (Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Volkswagen (Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Fiat (FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Jeep (FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Ford (Plan Óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Renault (Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Peugeot (Círculo de Inversores SAU de Ahorro para Fines Determinados), Citroën (Círculo de Inversores SAU de Ahorro para Fines Determinados), Chery (Interplan S.A. de Ahorro para Fines Determinados) y Toyota (Toyota Plan Argentina S.A. de Ahorro para Fines Determinados).

La jueza Pascual condenó a las automotrices por los “aumentos excesivos de las cuotas”, que estuvieron “por encima del índice de inflación, del coeficiente de variación salarial y del valor del dólar oficial”.

Las empresas no brindaron "ninguna explicación acerca del motivo de las subas y tampoco pudo determinarse cómo se arribó al cálculo de las cuotas, ya que los aumentos fueron decididos unilateralmente por los fabricantes y comunicados a los suscriptores en sus cupones de pago”, agregó la magistrada.

Qué sucederá luego del fallo

La jueza Pascual estableció que, al actualizarse el monto de las cuotas por la inflación, en el caso de que surja una deuda de los ahorristas, “tendrán la opción de cancelarla en un solo pago o en cuotas mensuales, sin un límite máximo de cuotas y sin que se afecte más del 25 por ciento de sus ingresos mensuales".

En cambio, si hubiera una diferencia a favor de los ahorristas, ese monto "será imputado a cuenta de futuras cuotas pendientes de pago".

En los casos en que no se registren deudas, "las empresas deberán restituir el dinero cobrado en exceso en un plazo de 20 días hábiles desde la notificación de la reliquidación”.