5 mayo 2024

Ley de Alquileres: cómo sigue el debate y qué pasará con el proyecto

El Senado introdujo importantes cambios al proyecto de reforma de la Ley de Alquileres. Cuándo se debatirá en Diputados y qué se modifica.

Luego de que el Senado aprobara por mayoría las reformas a la Ley de Alquileres, pero con modificaciones de relevancia, el texto en debate regresó a la Cámara de Diputados, donde se retomará la discusión que tiene en vilo a millones de inquilinos.

Así, un plenario de las comisiones de Legislación General y Presupuesto de la Cámara baja tratará el próximo miércoles el proyecto para que los diferentes bloques resuelvan, si deciden avalar o rechazar las modificaciones introducidas.

El encuentro será desde el mediodía y los diputados están habilitados a tomar las modificaciones que impuso el Senado o insistir con el texto original. Luego, depende lo que resulte de ese cónclave, se podría derivar al recinto para ser tratado en la sesión que se prevé para el martes 10 de octubre.

Las modificaciones se aprobaron en la Cámara alta con los votos del Frente de Todos y el bloque de Unidad Federal; mientras que Juntos por el Cambio votó en contra porque querían aprobar como Ley el texto que llegó de la Cámara de origen.

En agosto, los diputados de Juntos por el cambio, con el apoyo de la mayoría de los integrantes de bloques provinciales y de Cambio Federal, había impuesto su texto en la Cámara baja.

Los cambios clave que introdujo el Senado en la Ley de Alquileres

La iniciativa aprobada en Diputados señalaba que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler, pudiendo aplicar el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices. Además de que bajaba los contratos a 2 años y establecía actualización de precios cada 4 meses.

En cambio, el proyecto aprobado por el Senado establece tres años como plazo mínimo; prohíbe los cobros de los alquileres para vivienda en dólares y señala que la actualización de precios deberá realizarse cada seis meses.

En ese último punto, señala que los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el Banco Central.

Asimismo, se estableció que los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo, y, finalmente, se sumó un nuevo artículo sobre el Impuesto a las Ganancias que reza que “las partes podrán deducir la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.