24 abril 2024

Habilitan la entrega de tierras estatales a productores de la agricultura familiar

Así lo dispuso en la reglamentación de una ley para la actividad. Se hará con bienes de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE).

El Gobierno nacional dispuso que se puedan destinar tierras rurales en manos de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) para productores de la agricultura familiar, al reglamentar una ley considerada “imprescindible” para el sector y que había sido impulsada en 2014.

Según lo estipulado en el decreto 292/2023, que reglamentó la ley N° 27.118 impulsada hace nueve años por Emilio Pérsico, quien era Secretario de Agricultura Familiar, el artículo 16 del anexo establece que la AABE “informará gradual, progresivamente, y de común acuerdo al Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (Inafci), ambos organismos descentralizados actuantes en órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, acerca de todos aquellos inmuebles rurales que por sus características específicas y técnicas sean aptos y se encuentren disponibles en el marco del Régimen de Reparación Histórica y procederá en caso de requerirlo el citado Instituto Nacional Inafci, a su asignación en uso al Banco de Tierras para la Agricultura Familiar”.

El eje de la normativa sancionada es la creación de un banco de tierras para facilitar el acceso a pequeños productores y de un centro de producción y distribución de semillas. El banco, se explica, surgió “con el objetivo de contar con tierras aptas y disponibles para el desarrollo de emprendimientos productivos de la agricultura familiar, campesina e indígena”.

Sin embargo, de los 36 artículos que integran la redacción de la ley, se efectivizaron apenas nueve, y otros cuatro de forma incompleta. Los objetivos generales y específicos de la ley (artículos 3 y 4) no están reglamentados. Tampoco el artículo 13 que insta a incorporar a las y los productores familiares como sujetos en cada política o programa del ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, ni el artículo 15 que habla del “acceso a la tierra”.

Sobre cómo se repartirán dichas tierras la reglamentación no dice demasiado. Apenas incluye una línea que marca que “serán sujetos preferenciales en la adjudicación de bienes por parte del Banco de Tierras para la Agricultura Familiar las mujeres y las personas género diversas”.

El AABE es incorporado como consultor permanente y deberá informar periódicamente sobre la disponibilidad de “tierras rurales” a la autoridad de aplicación de la ley, que es el Infaci creado el año pasado. Esas tierras podrán ser compradas, arrendadas o entregadas en donación a los productores. El Gobierno prevé realizar en un mes el lanzamiento oficial del banco de tierras.