28 marzo 2024

Se conoce la sentencia del fatal accidente que cobrara la vida de dos vecinas

En las últimas horas, y de acuerdo a lo informado en sus redes sociales por la ONG "Estrellas Amarillas 9 de Julio", se conoció la sentencia contra el imputado en un accidente que se registrara en la madrugada del viernes 25 de mayo de 2018, en Ruta Provincial 65 casi Av. Urquiza, y que cobró la vida de dos convecinas de este medio, Yamila Molina y María Laura Micheli.

 

 

EL INFORME POLICIAL DE AQUEL ACCIDENTE

Tras el accidente, la Policía Comunal de 9 de Julio, había informado que aquel 25 de mayo de 2018, siendo las 05:50 horas, personal de la dependencia, a raíz de haberse recepcionado un llamado al centro de despachos 911 se constituyó en la Ruta 65, a la altura del km 174 de este medio, donde se estableció que por razones que se trataban de establecer, una camioneta marca Volkswagen modelo Amarok de color blanca, que circulaba por la Ruta 65 en dirección desde Ruta 5 hacia este medio, conducida por el ciudadano Claudio Guillán, por razones se tratan de establecer colisionó con un vehículo marca Chevrolet Celta de color gris, que subía a la cinta asfáltica de la Ruta 65.

Producto del impacto, se registró el deceso de las ocupantes del vehículo Chevrolet a las que se identificó como Yamila Molina y María Laura Micheli, resultando demás integrantes de la camioneta con lesiones de carácter leves.

Presente en el lugar, el Ayudante Fiscal, Dr. Horacio Capurro, impartió directivas al respecto, labrándose actuaciones por "Homicidio culposo" con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción nro. 06 a cargo del Dr. Luis Calcargno, del Departamento Judicial de Mercedes.

 

LA SENTENCIA

De acuerdo a lo que ha informado en las últimas horas en sus redes sociales la ONG “Estrellas Amarillas 9 de Julio”, al imputado por el accidente, Claudio Javier Guillán, “se lo condenó por ser responsable del delito de doble homicidio culposo, calificado por conducción de un vehículo automotor, agravado por darse a la fuga del lugar, por conducción en  exceso  de velocidad, estando inhabilitado para hacerlo por la autoridad competente y por ser más de una las víctimas fatales, a la pena de tres años (03) y seis meses (06) meses de prisión de efectivo, accesorias legales e inhabilitación especial para conducir un vehículo automotor de cualquier clase por el termino de (10) diez años.

En caso de ser sorprendido in fraganti, conduciendo cualquier tipo de vehículo automotor y o ciclomotor, la pena vuelve a cero y el condenado debe ser detenido y encarcelado”.