19 abril 2024

Justicia para el perrito “Rubio”: un año y medio de prisión al conductor que lo mató

Se trata de un fallo inédito en un caso de maltrato animal. Además, se ordenó el decomiso del vehículo con el que el can fue arrastrado hasta su muerte.

 

En un fallo inédito para esta clase de hechos, un conductor acusado de matar a un perro tras arrastrarlo atado a su camioneta todo terreno, en la localidad bonaerense de Mar del Tuyú, fue condenado a un año y medio de prisión, y se ordenó además el decomiso del vehículo utilizado para cometer el delito.

La pena fue fijada tras la suspensión del juicio oral y público previsto para el último jueves, en el que debía analizarse el hecho, a partir de un acuerdo entre el imputado, Adrián Guillermo Rodríguez, y el fiscal del caso, Roberto Miglio.

Rodríguez había sido imputado por infracción a la Ley 14.346, que castiga con hasta un año de cárcel a quien cometa “malos tratos o actos de crueldad a animales”, por su responsabilidad en la muerte de “Rubio”, un perro que vivía en una estación de servicios en el ingreso a Mar del Tuyú y era cuidado por trabajadores y clientes del lugar.

A ese hecho, se acumuló en la causa una denuncia por amenazas contra una mujer que se manifestaba para repudiar el asesinato del animal.

Decomiso
Según informó el abogado Mauricio Trigo, querellante en la causa, el acuerdo de juicio abreviado fijó una condena de “1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional”, que no está firme.

Además se ordenó “el decomiso del vehículo utilizado para cometer el delito”, lo que Trigo consideró “quizás la parte más trascendente en este caso puntual, algo que se sostuvo desde el mismo inicio de la causa, no por una cuestión económica sino por la jerarquía de valores y derechos en juego”.

El acuerdo dispuso además distintas reglas de conducta que deberá cumplir el imputado, así como las costas del proceso por su parte. Además, “se reconoce a los demás animales como seres sintientes y con derechos propios”, según precisó el letrado, quien dijo que “Rubio” fue mencionado 35 veces en el fallo.

Tras conocerse el acuerdo, Trigo destacó que “hasta hace no mucho tiempo las causas penales en las que se investigan hechos de violencia hacia los demás Animales” como “malos tratos y crueldad” concluían “mayoritariamente con obligaciones de entregar alimento balanceado” o “algunas horas de tareas no remuneradas en favor del Estado y algunas otras reglas de conducta”.

“El decomiso en este caso particular y por las características del bien, marca por un lado, que vale más la vida de ‘un simple perro’ que el derecho de propiedad de cualquier humano; y por otro eleva las condiciones para medir otros casos haciendo que ya no sea tan fácil o simple acordar entre cuatro paredes la entrega de dos bolsas de alimento para no recibir condena”, señaló.

En ese sentido, sostuvo: “Solamente hemos transitado una parte más del proceso penal. Ni más, ni menos. Pero sin ese proceso penal no existiría el nombre de Rubio en una causa. Sin ese proceso penal no existiría sentencia. Sin ese proceso penal no existiría condena de prisión”.