25 abril 2024

Alquiler de vientre: BATALLA EN EL CONGRESO

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Jueves 29 de setiembre de 2016

En Argentina no está legislado porque el nuevo Código Civil sigue reconociendo como madre a la mujer que da a luz. No obstante, la gestación por sustitución es una realidad en el país. “Hay registrados 13 nacimientos por esta técnica, pero en realidad son muchos más los que se mantienen ocultos”, señala Martínez, presidente del SAMER.
El el alquiler de vientres, vientre subrogado o gestación por sustitución, como se conoce a la práctica, no es contemplado por el nuevo Código Civil, en el país se realiza recurriendo de antemano a la Justicia.

Esa es la situación en la que se encuentran inmersas las parejas en las que, por diferentes motivos de salud, es la mujer la que no puede llevar adelante un embarazo. Una suerte de desamparo o vacío legal. Ya que si bien el anteproyecto de reforma al Código civil incluía la figura de alquiler de vientres, la normativa que finalmente fue sancionada por el Congreso lo anuló y lo reemplazó por la “voluntad procreacional”.

“Con las leyes actuales, se sigue aún la línea del Código Civil de Vélez Sarsfield. La cuestión es que hoy el útero subrogado es una realidad en Argentina. Hay registrados trece nacimientos, pero en realidad son muchos más los que no se registran y se mantienen ocultos. Entonces, lo que pretende nuestro proyecto es darle marco a algo que se viene haciendo y que, como no está legislado, cae en muchos inconvenientes”, explica el presidente de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMER), Gustavo Martínez.

La situación actual. Desde los centros de fertilidad y desde el mismo SAMER aconsejan a las parejas que padecen la situación recurrir, previo a realizar el procedimiento, a un juzgado para que los autorice. Caso contrario, una vez en el Registro Civil, acorde al Código que nos rige, se negarán a anotar a la criatura como hija de los comitentes (quienes aportaron los gametos). ¿Por qué sucede esto?

Porque si bien el Código civil tiene en cuenta la voluntad procreacional de los padres biológicos, en su artículo 562 advierte que “los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre en los términos de los artículos 560 y 561, debidamente inscripto en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, con independencia de quién haya aportado los gametos”.

Una segunda salida es judicializar el caso después, aunque en esta situación el desenlace dependerá de la consideración que tenga el juez sobre el tema.

“Lo que termina sucediendo es una tercera cosa, que muchos lo hagan a escondidas. También algunas parejas recurren a una cuarta opción, que se conoce como ‘juicio de negación de maternidad’, donde al nacer la criatura, la pareja comitente le hace un juicio a la gestante, de común acuerdo, para desconocer su maternidad, entonces el juez falla a favor de los comitentes”, explica.

El proyecto de ley. El escrito redactado por el SAMER e investigadores del Conicet retoma el ante proyecto planteado durante la reforma al Código Civil, que después fue excluido por convicciones ideológicas y cierta resistencia de la Iglesia.

Establece la conformación de un equipo de trabajo en los Juzgados de Familia para poder abordar los casos y judicializarlos previo a que se concreten y también toma en cuenta la protección en torno a la gestante. “El primer aspecto refiere a que hay que judicializar los casos de subrogación para definir que la mujer que da a luz no es la madre, sino los comitentes, los que aportan las gametas”, detalla Martínez.

Ese mismo equipo será el que evaluará la aptitud de las partes para participar del tratamiento y acreditará el impedimento físico para gestar de los interesados.

Respecto de la gestante, no recibirá un pago, pero sí una compensación económica durante los nueve meses de gestación. “El proyecto viene a poner los puntos sobre las íes en la protección de la gestante porque en este convenio de partes, claramente, es la figura más débil. Contempla una compensación económica porque va a tener que ser atendida por médicos, tener lucro cesante porque va a tener que dejar de trabajar las semanas previas al parto y otros gastos”, señala el titular del Samer.

Y advierte, como otro punto importante, que la misma sea conocida previamente por los padres biológicos a fin de evitar las “agencias de reclutamiento”, que lucren con la tarea. “Corremos el riesgo, sin ley, de que se formen agencias de reclutamiento de gestantes. Entonces, el proyecto lo que busca es promover que exista un conocimiento previo con los comitentes. De esta forma se evitan intermediarios”, indica.

Lo que resta es que la iniciativa tome estado parlamentario y ver la reacción de aquellos que frenaron la legislación de la maternidad subrogada en el marco del nuevo Código, reformado el año pasado. “Tenemos la misma chance de que la gente que se opuso en ese momento se oponga ahora. Hay leyes de fertilidad que no están saliendo por la oposición de gente que tiene una convicción religiosa determinada, sobre todo senadores, que están boicoteando las leyes complementarias que faltan”, señaló Martínez.
Fuente: Inforegión