Quedó sin efecto una resolución de 2012 que disponía restricciones para el patentamiento de productos farmacéuticos.

El Gobierno de Javier Milei dispuso la derogación del régimen vigente desde 2012 para el análisis de patentes de medicamentos y estableció un nuevo esquema que deja en manos del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) la evaluación caso por caso de las solicitudes.
Una resolución conjunta del ministro de Salud, Mario Lugones, el de Economía, Luis Caputo y el titular del INPI, Carlos María Gallo, dejó sin efecto otra resolución similar de la época del kirchnerismo que detallaba las “Pautas para el examen de patentabilidad de las solicitudes de patentes sobre invenciones químico-farmacéuticas”, un extenso decálogo de disposiciones técnicas para la aprobación de esas patentes.
A partir de ahora, será el INPI quien “determinará en cada caso la procedencia de la patentabilidad de las invenciones”, según la resolución que se publicó en el Boletín Oficial. Este cambio, se justificó, apunta a “promover la innovación e incrementar la disponibilidad de nuevos productos”, además de generar mayor previsibilidad jurídica para el desarrollo de la industria farmacéutica.
Uno de los puntos centrales de la norma es la introducción de un esquema transitorio: las nuevas patentes no podrán bloquear la comercialización de medicamentos que ya estén en el mercado al momento de entrada en vigencia de la resolución.
En esos casos, la normativa establece que los titulares de las patentes “no tendrán derecho a impedir la continuación de la comercialización ni a requerir una retribución”, lo que busca evitar conflictos con productos ya disponibles.
El texto oficial advierte que la derogación podría habilitar la concesión de patentes sobre productos actualmente comercializados, por lo que se incorporó esta excepción para resguardar la competencia y el acceso.



