3 junio 2026

Promulgan la Ley de Emergencia en Discapacidad, pero suspenden su aplicación

El Gobierno nacional promulgó este lunes la Ley 27.793, que declara la Emergencia Nacional en Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026.

 

Sin embargo, su puesta en marcha quedó suspendida hasta que el Congreso defina de qué manera se financiarán los gastos y se incorporen las partidas necesarias en el Presupuesto 2026.

La norma fue oficializada en el Boletín Oficial a través del Decreto 681/2025, tras el rechazo parlamentario al veto de Javier Milei y la ratificación del texto original por ambas cámaras.

Los principales puntos de la ley

El proyecto establece:

La creación de la Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social.

La declaración de interés público nacional de los servicios de prestadores.

Una compensación económica de emergencia financiada por el Tesoro.

La actualización de aranceles con la misma fórmula de movilidad que rige para las jubilaciones.

Exenciones en las contribuciones patronales durante tres años para empleadores que contraten personas con discapacidad de manera permanente.

El costo de la medida

Según estimaciones oficiales, la implementación completa demandaría $3,01 billones en 2025, lo que equivale al 0,35 % del PBI.

La nueva pensión representaría $2,16 billones (0,26 % del PBI).

El “Programa Incluir Salud”, que brinda cobertura médica a los beneficiarios de pensiones no contributivas, sumaría $574.200 millones (0,07 % del PBI).

La compensación para prestadores alcanzaría $278.323 millones (0,03 % del PBI).

En 2026, el gasto ascendería a $4,7 billones (0,47 % del PBI) solo en pensiones, con un incremento paralelo en salud y prestaciones.

La posición del Ejecutivo

Desde el Gobierno señalaron que el Congreso “omitió indicar de manera fehaciente la manera en la cual han de financiarse las erogaciones”, y que la facultad otorgada al jefe de Gabinete para reasignar partidas “no constituye una fuente concreta, específica, actual y suficiente”.

El oficialismo ya había advertido que “toda ampliación de prestaciones debe diseñarse con criterios de viabilidad financiera y sustentabilidad en el tiempo”, motivo por el cual Milei vetó inicialmente la norma mediante el Decreto 534/25.

No obstante, tras la insistencia del Congreso con mayoría especial, el Ejecutivo se vio obligado a promulgarla en cumplimiento del artículo 83 de la Constitución Nacional.

Qué falta para su aplicación

El texto del decreto subraya que el presupuesto actual de la Administración Nacional “no cuenta con créditos suficientes” para afrontar los costos que implica la reforma. Incluso si se reasignaran todas las partidas disponibles de los tres poderes del Estado, la suma resultaría insuficiente.

En consecuencia, la ley solo entrará en vigencia cuando el Congreso apruebe un refuerzo presupuestario específico, lo que se debatirá en el marco del proyecto de Presupuesto 2026 ya enviado al Parlamento.