28 marzo 2024

Maltrato a hijos: buscan que se incorpore a la ley de Violencia por Motivos de Género

Se trata de violencia vicaria, un tipo de agresión que apunta a perjudicar a familiares, especialmente hijos o hijas, con el objetivo de dañar a la pareja o expareja.

“La violencia nunca adopta una única forma”, dice la diputada nacional Mónica Macha para explicar que en determinadas situaciones de violencia, el agresor desplaza sus actos en distintas personas u objetos en busca de un mismo objetivo: el daño a la pareja o expareja. “La más habitual y la más cruel es con los hijos e hijas”, explica la legisladora. Ese tipo de violencia se denomina violencia vicaria y se busca que se incorpore a ley de Violencia por Motivos de Género.

Mónica Macha preside en la Cámara de Diputados de la Nación la comisión de Mujer y Diversidad, espacio desde donde promueve distintos proyectos que signifiquen ampliación de derechos para las mujeres y diversidades.

En la última semana presentó un proyecto para que la ley de Violencia por Motivos de Género incluya también un apartado contra la violencia vicaria, con el objetivo de visibilizar este tipo de violencia que se ejerce cuando el agresor desplaza sus actos hacia los hijos para hacerle daño a la mujer.

La violencia vicaria es un tipo de violencia de género que se ejerce a través de violencia familiar con la intención de domesticar, sancionar y castigar a las mujeres. Por lo general, esta violencia se extiende a hijos o hijas.

“¿Cuántas veces escuchamos ‘voy a darte en donde más te duele’?”, pregunta Macha para explicar las distintas estrategias que utiliza el agresor para violentar y quebrar a la mujer. “La más habitual y la más cruel es con los hijos e hijas. Descuidar su alimentación, su higiene, sus medicamentos, incumplir horarios pactados, desatar maltratos físicos y psicológicos, exponerlos a situaciones de inseguridad. En resumen, utilizan a los hijos e hijas como una correa de transmisión hacia las madres”, señala la diputada y añade que “una situación grave y compleja es el abuso sexual en infancias y adolescencias” y que “punto irreversible es el homicidio de los niños y niñas”.

La diputada explica que este tipo de hechos se suelen producir cuando el agresor ya no puede mantener un vínculo de forma directa con su pareja o ex pareja y con el objetivo de seguir dañando y seguir enviando un mensaje a la madre utiliza otras víctimas. “Si algo busca esta violencia es doblegar a la mujer, romper su red afectiva y garantizar que no pueda recomponer su proyecto de vida”, señala Macha.

La legisladora además hace hincapié en que en los casos de violencia vicaria son complejos ya que por lo general estas situaciones de producen “en ausencia de la madre, en cierto contexto de desprotección” y cuando el agresor “se siente liberado para ejercer su violencia contra los hijos o hijas”.

A esto, señala Macha hay que sumarle la “posición patriarcal y como tal adultocéntrica” del Poder Judicial que ejerce violencia institucional al no dar respuesta efectiva a las personas denunciantes.

PROYECTO

El proyecto establece que "se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial".

También, la iniciativa hace referencia a las conductas que afecten "su seguridad personal, como así también la que se ejerce contra sus hijas/os, objetos, animales o personas significativas para la mujer". A través del proyecto, se busca "asegurar la asistencia especializada de los/as hijos/as u otras personas afectivamente significativas para la mujer que hayan sido víctimas de violencia vicaria".

Se propone "recolectar, procesar, registrar, analizar, publicar y difundir información periódica y sistemática y comparable diacrónica y sincrónicamente sobre violencia contra las mujeres, incluyendo a aquella que se ejerce por medio de sus vínculos afectivos", proponiendo que se cambie también el inciso a) del artículo 14°.

Además, se promueve la modificación en el artículo 11° de la Ley 26.485, para que quede redactada de esta forma: "Asegurar la asistencia especializada de los/as hijos/as u otras personas afectivamente significativas para la mujer que hayan sido víctimas de violencia vicaria".