30 abril 2024

Un gran lío jurídico en Rosario

Varón trans mató a su pareja pero ahora dice que se autopercibe mujer para no ser acusado de femicidio.

Brandon (según su DNI modificado en 2019) nació siendo mujer: Thalía. Semanas atrás asesinó a Sofía Noriega (mujer trans) pero ahora dice que se autopercibe mujer, y de ese modo quedaría fuera del agravante de femicidio. La hermana de Brandon/Thalía dijo que el imputado es una "persona de género fluido" que se autopercibe de distintas formas. "Está arrepentida de llamarse Brandon", afirmó.

El abogado defensor del acusado afirmó: "Brandon ahora se autopercibe mujer y se llama Thalía". Y recordó que su defendido fue Thalía hasta 2019 y que tiene dos hijos de 8 y 4 años que gestó como mujer, tratando de hacer prevalecer la cuestión biológica a la hora del encuadre legal. Vale remarcar que 2019 el acusado cambió su género en su DNI. El letrado, además, habló de "legítima defensa" en el crimen.

Para el fiscal Adrián Spelta la agresión se encuadra como un femicidio. Según la imputación que formuló días después del asesinato, "todo aconteció en el marco de un contexto de violencia física extendido y perpetuado en el tiempo, por lo menos durante el plazo de un año en el cual se extendió la relación de pareja y técnicamente fue un hombre que mató a una mujer".

También surgió un problema a raíz de la elección de la cárcel donde alojar a Brandon/Thalía. Su hermana Tamara explicó que "ella se llama Thalía, y está arrepentida de llamarse Brandon. No puede estar en pabellón de hombres porque le pueden hacer mal y con los transgéneros tampoco porque mató a una trans y teme una venganza. Mi hermana quiere Justicia".

En este sentido, se basa la idea de la defensa: Dejar de lado autopercepción de 2019 hasta hace días y apuntar a la nueva autopercepción, que coindice con la biología de nacimiento. "Una persona que es y se percibe mujer tanto anímicamente como en lo físico no puede ser acusada de un femicidio. Es injusto y desproporcionado y no se puede sostener una imputación por un tecnicismo", dijo el abogado. Por tecnicismo se refiere a que en el DNI figura como hombre.

A su vez, para el fiscal: "En la imputación no se puede hablar de un transfemicidio, porque eran pareja y se evidencia que no existía un odio por su condición de percibimiento de identidad. Por el momento tengo que tratar como tal los autopercibimientos: Hay un hombre que mata a una mujer y para esto la ley prevé la figura de femicidio".

El problema surge en que la "autopercepción" en el momento del crimen no puede ser determinada por nadie, y además, ¿qué autopercepción cuenta? ¿La de antes o la de ahora?