26 abril 2024

Se prohibió un alcohol etílico y un limpiador desinfectante


La disposición publicada en el Boletín Oficial prohibió la venta de estos productos en todo el territorio nacional.

Lunes, 13 de julio de 2020.

Este lunes la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, la comercialización en todo el país de un alcohol etílico y de un limpiador líquido antibacterial y desinfectante.

El organismo expuso entre los considerando que el limpiador indica que “su rotulado carecía de datos que identificaran su elaborador y su registro sanitario ni constaban productos registrados, o en trámite de registro, que respondieran a dichos datos identificatorios”.

Con respecto al alcohol etílico señaló que “el rotulado refería a su uso como sanitizante de superficies, constatándose que carece de datos que identifiquen al establecimiento elaborador/fraccionador así como de su pertinente registro sanitario y que verificó que no constaban productos registrados como sanitizantes de superficies ni en trámite de registro ante esta Administración Nacional que respondieran a dichos datos identificatorios, por lo cual se encuentra falsamente rotulado”.

Ante esto la ANMAT sostuvo que se trata de "productos ilegítimos, que declaran datos no veraces en su rotulado y de los cuales se desconoce su efectivo origen y composición".

Es por este motivo que no se puede garantizar la "calidad, seguridad y eficacia situación que resulta en un riesgo alto para la salud de la población teniendo en cuenta el contexto actual de uso de este tipo de productos destinado a la higiene y sanitización”.