24 abril 2024

EL IMPUESTO A NETFLIX SERÁ DEL 8%


El Gobierno suavizó el impuesto para las aplicaciones que facturan en el exterior. Según se reglamentó, los servicios digitales no tributarán el 30%. Sí lo harán los pasajes aéreos, incluso a países limítrofes.

Sábado, 28 de diciembre de 2019.

En el decreto de reglamentación de la ley de emergencia publicado este sábado en el Boletín Oficial, hay varias precisiones sobre el "impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria" (PAIS), sobre el gravamen que se aplica a las compras en moneda extranjera.

En el artículo 17 del decreto se establece que cuando se trate de servicios digitales, como Netflix, Spotify o Airbnb, el impuesto será del 8% y no del 30%, como aplica para el resto de los casos enumerados en la ley, como la adquisición de moneda extranjera, las compras de pasajes o gastos en el exterior.

El artículo hace referencia a los servicios digitales tal como se los describe en el artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.

El decreto confirma la suspensión del impuesto del 30% sobre "la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes".

Es decir, los pasajes de avión a países vecinos seguirán incluidos dentro del régimen y tributarán el 30%.

El decreto 99/2019, publicado este sábado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Economía, Martín Guzmán, de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y de Trabajo, Claudio Moroni, establece además una alícuota diferencial de Bienes Personales para activos en el exterior, de hasta el 2,25%, y beneficios para quienes repatrien fondos.