29 marzo 2024

HASTA LOS 10 AÑOS, ATRAS Y EN "SILLITA"

Jueves 18 de enero de 2018.

Lo definió el Gobierno mediante un decreto que reglamenta un artículo de la ley de tránsito.  Rige para todo el país.

Después de 23 años el Gobierno reglamentó un artículo de la Ley de Tránsito mediante un decreto del Ministerio de Transporte: a partir de ahora los menores de 10 años de todo el país deberán viajar en el asiento trasero y utilizando siempre una sillita de seguridad. De todos modos este cambio no especifica el peso y tamaño del chico.

Con fecha del 10 de enero, la publicación del Boletín Oficial explica que la norma se aplicará de manera efectiva, ya no sólo en algunos distritos como en la Ciudad de Buenos Aires -cuya ley habla de menores de 12 años y que midan menos de 1 metro y medio-, sino en todo el territorio nacional. Sin embargo en estos momentos Córdoba, Mendoza, Capital Federal y Santa Fe tienen diferentes legislaciones sobre el tema. Y seguramente seguirán con ellas.

Además, otro de los cambios importantes de esta modificación es que antes sólo decía que los menores de 10 años debían viajar en el asiento trasero. Y con este cambio se le agregó que "los menores de diez (10) años deben viajar sujetos al asiento trasero, con el Sistema de Retención Infantil homologado al efecto, en relación a su peso y tamaño”.

Justamente el Sistema de Retención Infantil (SRI) es el nombre de lo que usualmente conocemos como "sillitas". Desde hace dos años los anclajes fijos denominados Latch Isofix para sillas infantiles son obligatorios para todos los nuevos modelos de autos lanzados a la venta en nuestro país. Y los autos más antiguos pueden utilizar como sostén del SRI el cinturón de seguridad.