18 julio 2026

La Provincia cambia el régimen de Policía Adicional y fija nuevas restricciones

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires introdujo modificaciones en el sistema de Policía Adicional, el mecanismo que permite a efectivos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires realizar horas extra mediante servicios especiales remunerados para organismos públicos y entidades privadas.

 

La medida fue oficializada a través del Decreto N° 99/2026, firmado el 12 de febrero en La Plata por el gobernador Axel Kicillof y publicado en el Boletín Oficial. La norma modifica el artículo 16 del Anexo Único del Decreto N° 545/22, reglamentario de la Ley N° 13.942. El decreto también lleva las firmas del ministro de Seguridad, Javier Alonso, y del ministro de Gobierno, Carlos Bianco.

El sistema de Policía Adicional está regulado por la Ley N° 13.942 y establece el marco jurídico para la prestación de servicios extraordinarios de seguridad por parte de personal policial que se encuentre franco de servicio. La inscripción es voluntaria, a través de un registro habilitado por el Ministerio de Seguridad, y los servicios deben acordarse con organismos oficiales o entidades privadas. Este esquema constituye una fuente complementaria de ingresos para los efectivos y es habitual en eventos masivos, custodia de instalaciones y otros servicios específicos requeridos por terceros.

El cambio más relevante del nuevo decreto precisa en qué situaciones no podrá autorizarse la prestación de servicios adicionales. A partir de ahora, no podrán realizar horas extra los efectivos que se encuentren bajo licencia por enfermedad o accidente, maternidad, nacimiento de hijos, adopción, atención de familiares enfermos o donación de órganos. Tampoco estarán habilitados quienes cuenten con permiso por exámenes.

Otro punto central de la modificación es la limitación de las tareas de “apoyatura”, contempladas en el artículo 1° de la Ley N° 13.942. Estas funciones corresponden al personal de los subescalafones administrativo, técnico y profesional. El decreto establece que dichas tareas no podrán superar el 3% del costo total del servicio adicional contratado y deberán resultar necesarias e indispensables para su cumplimiento.

Con estos cambios, la Provincia busca ordenar y delimitar el régimen de Policía Adicional, estableciendo criterios más claros respecto de las licencias y del alcance de las funciones complementarias dentro de los servicios extraordinarios.