28 marzo 2024

Billeteras virtuales: la AFIP establece nuevas regulaciones

Se busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias. "La medida mejora las herramientas de control", destacó la Afip.

La AFIP dispuso este jueves incorporar a las billeteras virtuales al régimen de información previsto para las transacciones de activos efectuadas mediante herramientas y aplicaciones informáticas.

A través de un comunicado, el organismo señaló que la meta es equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias mejorando así las herramientas de control de un sector que cobra gran importancia dentro de los servicios financieros.

Por su parte, la AFIP aclaró que la decisión no tiene ningún impacto sobre los usuarios de servicios de billeteras virtuales, siendo los nuevos sujetos alcanzados por los administradores de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP). La modificación para las empresas PSP prevista en la Resolución General 5029 entrará en vigencia para las operaciones realizadas a partir de julio de 2021 y, por ese motivo, la información correspondiente a dicho mes podrá ser presentada por las PSP hasta el último día hábil de agosto.