29 marzo 2024

Discapacidad: CONTINUIDAD A LAS PENSIONES


Las personas con discapacidad que consigan trabajo seguirán cobrando las pensiones.



 

Jueves 20 de febrero de 2020.

El gobierno nacional, mediante una resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), dispuso que si una persona con discapacidad que percibe una pensión por invalidez fuera contratada laboralmente en relación de dependencia, seguirá cobrando dicha asignación siempre que el sueldo no supere cuatro jubilaciones mínimas neto.

Según la resolución 34/2020 publicada en el Boletín Oficial, las personas con discapacidad que posean una pensión no contributiva podrán seguir cobrando el beneficio mediante notificación a la Agencia Nacional de Discapacidad al inicio de la relación laboral.
Si la remuneración supera el límite establecido, al informarlo la Andis procederá a la suspensión del beneficio, aunque también se estipula en la medida que será inmediatamente rehabilitado en caso de despido o finalización de la relación laboral.

«La decisión se adoptó debido a que las personas con discapacidad con derecho asignado a pensión no contributiva por invalidez otorgada hasta la fecha, frente a la posibilidad de conseguir un trabajo registrado, tomaban como decisión no acceder al trabajo porque caducaba su pensión no contributiva», explicaron en un comunicado.

Debido a ese problema, puntualizó la información oficial, la persona con discapacidad «para volver a obtener el beneficio debía iniciar el mismo y esperar aproximadamente un año para volver a tenerlo y, de esa forma, optaban por quedarse con la pensión y no ingresar al mercado laboral registrado».