29 marzo 2024

NO PODRÁN RETENER BOLETINES POR FALTA DE PAGO

Viernes 30 de noviembre de 2018.

La normativa fue aprobada por el Senado bonaerense hace un mes y ya rige desde esta semana. Tampoco se podrá privar a los estudiantes de la asistencia a clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales.

Los establecimientos educativos de la provincia de Buenos Aires no podrán retener boletines de calificaciones de aquellos estudiantes que adeuden aranceles o cuotas mensuales, según lo promulgado por el gobierno provincial.

Este jueves, según lo publicado por Boletín Oficial, dispuso el cumplimiento de la normativa, sancionada por la Legislatura bonaerense el 25 de octubre pasado. La norma responde a la ley 13.688, que establece que la educación es una prioridad provincial que constituye derechos personales y sociales garantizados por el Estado.

En tal sentido, ahora la ley obliga a los establecimientos a emitir certificados de estudios y de regularidad, pases a otros establecimientos y cualquier otra documentación oficial que soliciten los alumnos en situación de deuda.

A partir de esta ley, se estipula que ningún estudiante será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general, aunque se encuentre en morosidad en sus cuotas.