28 marzo 2024

ATENTI CON LAS "GOMITAS"

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió golosinas y alimentos. La venta de esos productos fue prohibida en todo el territorio nacional. Entre las causales se encuentra el no estar registrado y no contar con requerimientos para venderlos.

Miércoles 19 de julio de 2017.

En diferentes disposiciones, la ANMAT prohibió una serie de productos alimenticios por no estar registrados y no contar con los requerimientos necesarios para su comercialización. Entre ellos se encuentran las golosinas de la marca "Don Ignacio" que, tras una denuncia de la empresa "Arcor", se descubrió que se comercializaban bajo el envase de las conocidas "Mogul". Tras ello, el organismo prohibió su comercialización y su venta en todo el país.

También lo hizo con los productos de chiles picantes- Locoto en Polvo de la marca "Protal", de Bolivia, así como también el sazonador picante - locoto en polvo, marca "Sazón Korr", del mismo origen

Los mismos fueron prohibidos por no estar "debidamente registrado en la base de datos del instituto y ser productos que no pueden ser identificados con forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado".

En otra disposición también se prohibió el aceite de girasol "Renata" que "no cumple con la legislación alimentaria vigente, por ser un alimento falsificado en Santa Fe".