20 abril 2024

Viviendas ociosas: PROYECTO DE IMPUESTO


La Ley que se propone en la ciudad de Buenos Aires  tiene como objetivo abonar a la protección de un derecho fundamental, humano, básico y esencial reconocido constitucionalmente como es el acceso a la vivienda digna. 



Martes 10 de marzo de 2020.

El Frente de Todos actuó como se esperaba, luego de trabajar en la iniciativa, finalmente el legislador Javier Andrade presentó el proyecto para aplicar un gravamen a los dueños de las propiedades que estén vacías en la Ciudad de Buenos Aires.
La trascendencia de la medida que se propicia, está dada para garantizar, frente a las eventuales vicisitudes, principalmente económicas, la preservación de la vivienda como bien indispensable para el desarrollo familiar y contribuir a la financiación del IVC (Instituto de Vivienda de la Ciudad) para la construcción exclusiva de viviendas sociales.

El proyecto de Ley busca promover el arrendamiento de inmuebles con destino familiar y permanente que no se ofrecen para la venta y para ello propone un régimen de contribución especial para esas viviendas ociosas. Considerando que las viviendas que permanezcan por más de 6 meses consecutivos deshabitadas sin mediar causa justificada.

Según los fundamentos de la iniciativa, los inmuebles que permanezcan deshabitados por el plazo de seis meses consecutivos (sujeto imponible), deberán abonar un impuesto calculado en relación al evaluó fiscal del inmueble (base imponible). Dicho impuesto será del 20% de la base imponible y se irá incrementando a razón de un 5% por cada año adicional en que el inmueble se encuentre bajo la condición de deshabitado.

El artículo 31 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce el derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado. Sin embargo, no todas y todos las/os ciudadanas/os son dueñas/os de su vivienda.

Fuente: La Tecla.