20 abril 2024

¿Qué leyes protegen la "pornovenganza"?


Como "La Trocha Digital" informara ayer, la ciudad de Bragado se encuentra impactada luego de que una joven policía de 26 años intentó quitarse la vida luego de que su expareja difundiera y viralizara un video íntimo.



 

Lunes 2 de diciembre de 2020.

 

La mujer se encuentra internada en el Hospital Municipal San Luis en estado grave, según señalaron sus familiares.
La joven habría utilizado su arma reglamentaria y, al momento de efectuar el disparo, se encontraba sola en su casa, ya que sus dos hijos no estaban con ella. Fue encontrada por sus compañeros del Comando de Prevención Rural (CRP).
En julio pasado, el Senado de la Nación dio media sanción al proyecto que modifica el Código Penal para incorporar como delito "la difusión no consentida de contenidos sexuales íntimos". En los próximos días, se tratará en la Cámara baja.
La iniciativa modifica el artículo 155 del Código Penal en lo que refiere a la publicación de "correspondencia, comunicaciones electrónicas, pliegos cerrados, despachos telegráficos, telefónicos o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad". En este sentido, aumenta la pena de multa desde los $10 mil a $100 mil, e incorpora una pena de prisión de dos meses a dos años para quien publique ese tipo de contenidos.
En tanto, agrega una pena de prisión de tres meses a tres años y el doble de la pena de multa establecida para "quien por cualquier medio, y sin expresa autorización, difundiere, divulgue, publicare, distribuye o de cualquier manera pusiere al alcance de terceros documentos obtenidos en un ámbito de privacidad con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas".
Por otra parte, se modifica el artículo 169 al agregar como supuesto el delito de extorsión, con pena de prisión de tres a ocho años a "la amenaza de difundir documentos con contenido que sea consecuencia de una relación íntima".
La finalidad del proyecto es "castigar la difusión no autorizada de imágenes y videos íntimos de contenido sexual por medios electrónicos, a través de redes sociales, sitios web, etc., aunque dichos contenidos se hayan obtenido con el consentimiento de la víctima". Asimismo, la iniciativa prevé como agravante la difusión con objeto de dañar la imagen de una persona (conocido como "porno venganza") o bien de obtener un beneficio con ello.
PARA PEDIR AYUDA:
Centro de Asistencia al Suicida (CAS) (011) 5275-1135 todo el país.

Fuente: Bragado Informa.