19 abril 2024

Reabrió la causa Hotesur y Memorándum con Irán, y Cristina irá a juicio

Lo resolvió la Sala I del máximo tribunal penal del país. La vicepresidenta había sido desvinculada. La decisión es apelable a la Corte.

 

La Cámara Federal de Casación Penal dispuso este lunes que se realicen los juicios orales por las causas Hotesur-Los Sauces y del Memorándum de Entendimiento con Irán en los que está imputada la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner.

Con los votos de los jueces Diego Barroetaveña y Diego Petrone, el máximo tribunal penal del país dejó sin efecto los sobreseimientos dictados por los tribunales orales respectivos. De todos modos, el inicio del juicio podría demorarse ya que las defensas pueden apelar el fallo de Casación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Cámara revocó el sobreseimiento a la vicepresidenta que en noviembre de 2021 le aplicó el Tribunal Oral Federal 5 junto a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner, y ordenó que se haga el juicio oral y público junto al resto de la treintena de imputados.

Si bien Máximo será parte del proceso en el que se los juzgará por asociación ilícita y lavado de dinero en el alquiler de propiedades y hoteles pertenecientes a la familia, se dejó afuera a Florencia. “Al momento de ingresar Florencia Kirchner a la sociedad comercial, ésta ya estaba operativa, con su progenitora Cristina Fernández de Kirchner y su hermano mayor Máximo Kirchner, desde hacía ocho años”, sostuvo Casación en el fallo.

El caso volverá ahora al Tribunal Oral Federal (TOF) 5, que sobreseyó por mayoría a los acusados, aunque el máximo tribunal penal ordenó que los jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg sean apartados del caso y se conforme un nuevo Tribunal para el juicio. Sólo se sabe que formará parte de él la jueza Adriana Pallioti quien había votado por no sobreseer a todos los acusados.

Los camaristas señalaron al analizar todos los planteos formulados que el “ámbito por naturaleza para discutir estas cosas es el juicio oral” entendiendo que hay excepciones que no se vieron cumplimentadas en esta caso, por lo general la norma es que “los juicios deben realizarse”.

En estos dos expedientes se analizaron los supuestos delitos cometidos a través de las empresas de la familia Kirchner. La primera de ellas, Hotesur, responde a los negocios hoteleros y la segunda, los Sauces, a operaciones inmobiliarias.

Pacto con Irán

Asimismo, la Sala I decidió en una resolución paralela que se realice un enjuiciamiento oral en la causa por el Memorándum con Irán, en donde la exmandataria está acusada de encubrimiento del atentado a la AMIA.

En cuanto a este pacto, que fue aprobado por el Congreso, se decidió apartar a los jueces Daniel Horacio Obligado y José Antonio Michilini y a la jueza Gabriela López Iñiguez. De esta forma, deberán sortearse nuevos magistrados para este nuevo proceso judicial.

“Ante la excepcionalidad de la solución prevista en la norma antes citada y teniendo en consideración que, una vez elevada la causa a juicio, el debate oral y público es el ámbito natural de discusión donde tratar las cuestiones de hecho y prueba, cabe concluir que la decisión recurrida se ha sustentado en afirmaciones dogmáticas acerca de la verificación en el caso de las exigencias contenidas en el art. 361 del CPPN y la pretensión de agotar el examen acerca de la responsabilidad penal de las personas acusadas en esa etapa intermedia contradice, no solo las reglas de la sana crítica, sino del debido proceso y desnaturaliza la instancia en la que se encuentra la causa”, se sostuvo en el fallo

Cabe recordar que Cristina Fernández ya tiene una condena. La recibió en diciembre pasado cuando el Tribunal Oral Federal 2 la condenó a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el caso de la obra pública que recibieron las empresas de Lázaro Báez para Santa Cruz durante los doce años de gobierno kirchnerista