19 abril 2024

Municipios en la fase 5 podrán celebrar casamientos


Se habilitaron todos los trámites presenciales en el Registro de las Personas. Deberán solicitar turno previamente y tener domicilio legal en el lugar correspondiente.

Jueves, 9 de julio de 2020.

Los municipios de la provincia de Buenos Aires que estén en la fase 5 podrán celebrar casamientos y uniones convivenciales en el Registro de las Personas.

Los municipios bonaerenses que por su situación epidemiológica favorable estén en esta modalidad del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (el más laxo en cuanto a las medidas por la pandemia) podrán llevar adelante todos los trámites presenciales que se realicen en el Registro de las Personas, incluidos los casamientos.

Así quedó asentado en la Resolución 2020-454, por la cual la ministra de Gobierno de la Provincia, María Teresa García, autorizó a aquellas delegaciones del Registro a "realizar la totalidad de los trámites que resultan de su competencia, con respecto a los ciudadanos que acrediten domicilio en el asiento de los mismos, debiendo garantizar el 'Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio' y el cumplimiento de las medidas sanitarias de protección en el marco de la pandemia".

De esta forma, los vecinos de los municipios contemplados podrán tramitar inscripciones de nacimientos, defunciones, certificados, DNI, casamientos y uniones convivenciales.

Para ello, en todos los casos los interesados deberán solicitar el turno correspondiente en la web del Registro Provincial de las Personas (https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas). Sólo los solicitantes que tengan su domicilio legal en el municipio correspondiente podrán realizar los trámites.