29 marzo 2024

FUE CONDENADO EX EMPLEADO MUNICIPAL

Según anunció el asesor legal y Técnico del Municipio, se aplicó sobre Ariel José Sarnícola una pena de tres años de prisión en suspenso -de cumplimiento condicional-; la inhabilidad perpetua para ejercer cargos públicos y el pago de las costas judiciales.

 

Viernes, 9 de febrero de 2018

El Tribunal Oral Nro. 2 dictó sentencia en el juicio abreviado sobre el imputado, hoy condenado, Ariel José Sarnícola; sobre quien se aplica una pena de tres años de prisión en suspenso, de cumplimiento condicional; la inhabilidad perpetua para ejercer cargos públicos y el pago de las costas judiciales. En la mañana de hoy, el Asesor legal y Técnico de la Municipalidad de Nueve de Julio, Dr. Juan Luis Buonano, ofreció una conferencia de prensa ante los medios de la ciudad, a fin de informar las novedades registradas en la situación procesal del ex empleado municipal Ariel José Sarnícola, sobre quien pesaba un sumario administrativo. “El Tribunal Oral Nro. 2 ha dictado sentencia en el juicio abreviado sobre el imputado, hoy condenado, Ariel José Sarnícola; sobre quien se aplica una pena de tres años de prisión en suspenso, de cumplimiento condicional, y que por ende se desarrolla fuera de prisión; la inhabilidadperpetua para ejercer cargos públicos y el pago de las costas judiciales”, señaló el funcionario municipal.

Asesor Legal y Técnico de la Municipalidad de Nueve de Julio, Dr. Juan Luis Buonano

En tanto, consultado respecto de la devolución del dinero faltante de las arcas municipales por parte del condenado, Buonano informó que el municipio “ya había iniciado el año anterior las medidas judiciales correspondientes a los efectos del recupero, dado que no teníamos una sentencia firme que así nos avalara”. “Ahora, esta sentencia deja en claro que este exempleado municipal tuvo responsabilidad directa en la sustracción y utilización en beneficio propio de los recursos municipales, con lo cual se habrá de allanar el camino para avanzar en la causa civil sobre el recupero”, detalló con más amplitud el Asesor Legal y Técnico del municipio, apuntando también que a la fecha “se encuentra embargado un automóvil y una suma de entre 40 y 50 mil pesos; no obstante que al interponerse la medida cautelar, se ha efectuado la investigación de distintos bienes para la recuperación total de los fondos sustraídos a la Municipalidad, entre junio y agosto de 2016, que ascienden a aproximadamente 500 mil pesos”. En el mismo orden, Buonano destacó que “fueron contundentes las pruebas aportadas por contribuyentes, el cruzamiento de datos bancarios y la maniobra realizada para la compra del automóvil, entre otras cuestiones que hacen que el ahora condenado haya reconocido su responsabilidad exclusiva en el juicio abreviado, sabiendo que en mayo próximo, cuando se iba a realizar el debate, la sentencia iba a ser claramente condenatoria, y por ende de esta manera se asegura una pena menor”. “Quedó claramente establecido que el percibía los cheques, ya que era habitual en ese momento se recibieran los mismos en pago de la Tasa de Red Vial por parte de los contribuyentes, llevándolos luego a la Tesorería, con lo cual Sarnícola recibía estos valores y utilizando un sello apócrifo se hacía de los mismos, ponía el sello y se lo entregaba al contribuyente, informándole que Tesorería ya había tomado nota del pago; a la vez que posteriormente manipulaba el sistema, dando de baja la deuda, lo que hacía casi imposible su detección”, explicó asimismo, marcando que para ello fue fundamental la denuncia de una contribuyente a partir de la compra de un auto. Finalmente, sobre la situación laboral de Sarnícola, Buonano recordó que a principio del sumario “se dispusieron las suspensiones preventivas que estaban a nuestro alcance, con lo que vencidas las mismas y no teniendo sentencia firme en sede laboral, se lo trató como a cualquier otro empleado; pero en el día que tenía que presentarse a retomar sus tareas, comenzó a presentar certificados médicos por tratamiento psicológico y psiquiátrico, lo que llevó a la aplicación de lo establecido por el Estatuto Municipal, que marca cierto tiempo de reserva de cargo con goce de sueldo, hasta tanto se extienda esta licencia de carácter personal”. “Vencido este plazo de un año, se le mantuvo el cargo pero sin goce de sueldo; en tanto que al día de hoy se resolvió la inmediata cesantía, sin percibir lo que no había recibido durante su suspensión”, finalizó.