Después de la Revolución de Mayo surgió la necesidad de dictar una Constitución para la Nación Argentina con la finalidad de constituir la unión nacional, afianzar la justicia y consolidar la paz interior.
En la reunión de gobiernos en Palermo se había decidido convocar a la Comisión representativa creada por el Pacto Federal, pero Pujol, Ministro de Gobierno de Corrientes, convenció a Urquiza de la conveniencia de reunir a los gobiernos de las provincia. Para ello se envió en misión a Bernardo de Irigoyen, quien debía explicarles a los alcances de la nueva política y comprometerlos a participar del encuentro en San Nicolás de los Arroyos con el objetivo de fijar las bases para un futuro Congreso Constituyente.
La reunión se efectuó y el 31 de mayo de 1852 se firmó el Acuerdo de San Nicolás. Se redactó en diecinueve artículos. En el primero se renovó el Pacto Federal, en el segundo, se convocó a un congreso federativo y, en el cuarto, se determinó que la elección de diputados se haría conforme a las leyes vigentes en cada provincia debiendo enviar, cada una, dos diputados. Por los artículos catorce, quince y dieciséis se facultó a Urquiza a reestablecer la paz si ésta se viera afectada, a organizar el ejecutivo nacional, a legislar sobre la navegación de los ríos interiores y a administrar los correos. En el artículo dieciocho, lo nombraron Director Provisorio de la Confederación Argentina. Una cláusula adicional invitaba a firmarlo a los gobernadores ausentes.
Trece provincias, exceptuando a Buenos Aires, ratificaron el Acuerdo que constituyó un precedente fundamental para la promulgación de la Constitución en 1853.
Sanción de la Constitución:
El 18 de abril de 1953, una Comisión Redactora presentó un Proyecto de Constitución para ser estudiado, defendido y discutido.
Se establece en esta Constitución de 1853 -entre otras cosas- el Sistema Representativo, Republicano y Federal. Se proclama la Libertad de Cultos, inseparable de la dignidad humana. Se organizan los tres poderes y se delimitan sus funciones. El poder ejecutivo es unipersonal y elegido por método indirecto, y no podía reelegirse si no pasaba un período intermedio de gobierno.
El Proyecto constitucional fue aprobado y firmado el 1º de Mayo de 1853. El 25 de Mayo se emite el Decreto de Promulgación, en el que se ordena la publicación y Jura para el 9 de Julio de 1853 (ambas Fechas Patrias argentinas) y se comunica a las Provincias: El país ya tiene Carta Fundamental.